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sábado, 13 de junio de 2015

Los pliegos de prescripciones técnicas generales y el PG-3

Se dice en el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público:
Artículo 116. Pliegos de prescripciones técnicas.

(...)

2. Previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro correspondiente, podrá establecer los pliegos de prescripciones técnicas generales a que hayan de ajustarse la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y demás entidades públicas estatales.
La necesidad de someter a la Junta Consultiva los pliegos de prescripciones técnicas generales y que éstos sean aprobados por el Consejo de Ministros es algo que llevan diciendo las leyes de contratos toda la vida. 

De conformidad con esos preceptos en la disposición que aprobó nuestro PG-3, allá por el año 1976 se decía:

sábado, 6 de junio de 2015

Las soluciones al tráfico durante la ejecución de obras y el estudio de seguridad y salud

¿Debe alguna "parte" de las soluciones previstas al tráfico durante la ejecución de unas obras (señalización, balizamiento y sistemas de contención incluidos) incorporarse al estudio de seguridad y salud?, ¿cuál? ¿por qué?

lunes, 27 de junio de 2011

Firmas en los proyectos

Hace más de diez años escribimos en lo que entonces era carreteras.org un apartado dedicado a algo que siempre nos ha sorprendido, las razones por las que el autor del proyecto debe firmar en determinados documentos..., hoy nos limitamos a actualizar dicho artículo y colocarlo a continuación por si a alguno interesa:
"Todos en la escuela aprendimos que el autor del proyecto debe firmar siempre la memoria (que en las condiciones establecidas en el artículo 128 del RGLCAP tiene carácter contractual), el  P.P.T.P., los planos, los cuadros de precios y el presupuesto, nosotros, ignorantes, nos preguntamos la razón.

domingo, 10 de octubre de 2010

Sobre el abono de las mezclas bituminosas...

Hoy hemos recibido el siguiente correo:

"Estimado/as Señore/as:
Estoy preparando una oposición (...) y entre otros temas tenemos uno dedicado a las Mezclas Bituminosas y, aunque la práctica habitual y el sentido común dicen que no se paga dos veces la misma cosa, me ha surgido una duda a la hora de interpretar el punto dedicado a la medición y abono de las Mezclas Bituminosas en Caliente.

martes, 21 de septiembre de 2010

Los extremos de las barreras de seguridad y de los pretiles

Se dice en el apartado 6.6 "extremos" de las recomendaciones sobre criterios de aplicación de barreras de seguridad metálicas: "Los extremos de las barreras de seguridad metálicas se dispondrán de forma semejante a como se hayan instalado en los ensayos de impacto realizados con dicho sistema de contención, según la norma UNE-EN 1317. En todo caso, si los extremos constituyesen un peligro adicional para los vehículos que choquen contra ellos, se protegerán como si se tratase de un obstáculo aislado."

Y se dice también en el apartado 5.2.6. "extremos" de las Recomendaciones sobre criterios de aplicación de pretiles metálicos en carreteras: "Los extremos de un  pretil no constituirán un peligro para los vehículos que puedan impactar contra ellos; en caso contrario, se protegerán como si se tratase de un obstáculo aislado. Los extremos de los pretiles se ejecutarán en cada uno de ellos, tal como se indica en sus fichas correspondientes."