miércoles, 2 de marzo de 2011

Disposición adicional de la LEY ORGÁNICA 15/2007

LEY ORGANICA 15/2007, de 30 de noviembre, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGANICA 10/1995, de 23 de noviembre, DEL CODIGO PENAL 
(...) 
DISPOSICIÓN ADICIONAL. Revisión de la señalización vial y de la normativa reguladora de los límites de velocidad. 
El Gobierno impulsará, de acuerdo con las administraciones competentes, una revisión de la señalización vial y de la normativa reguladora de los límites de velocidad, para adecuar los mismos a las exigencias derivadas de una mayor seguridad vial.
Y hasta hoy.

Disposición adicional sexta de la LEY 18/2009

LEY 18/2009, de 23 de noviembre, POR LA QUE SE MODIFICA EL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 339/1990, de 2 de marzo, EN MATERIA SANCIONADORA 
(...) 
DISPOSICION ADICIONAL SEXTA. Revisión de la normativa sobre señalización vial vertical. 
En el plazo de un año el Gobierno revisará la normativa vigente que regula la señalización vial vertical para adaptar sus dimensiones mínimas a la intensidad actual del tráfico y al incremento en la edad media de los conductores.
Y hasta hoy... (gracias a Dios)