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lunes, 13 de junio de 2011

Ley 43/2010 del Servicio Postal Universal...

Que este país es un cachondeo lo prueba el que en una enmienda de la Ley 43/2010 del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal se les arregle la vida a los concesionarios de las autopistas de peaje, esa es la luz y taquígrafos con la que contamos.

Presionando sobre la imagen se accede a la disposición en PDF

En una crisis como la actual, en un año como el presente a ellos van (en el 2011) ochenta millones de euros (en un supuesto préstamo a devolver algún día que no verán nuestros ojos), y todo porque se ha reducido el tráfico que preveían y las expropiaciones han sido superiores...

Y es que hay algunos que nunca pierden... (ya se encarga nuestra ejemplar clase política de ello).

Mientras, ignorantes, nos preguntamos si cuando las expropiaciones han sido inferiores a las previstas y los tráficos muy superiores alguna vez alguien ha pensando en reajustar el equilibrio económico financiero de alguna autopista para minorar los extraordinarios beneficios que algunas disfrutan... (y es que algunos nos hemos saltado la señal de sentido único y no nos hemos enterado de que el equilibrio económico de las concesiones es siempre unidireccional...).


miércoles, 2 de marzo de 2011

Disposición adicional de la LEY ORGÁNICA 15/2007

LEY ORGANICA 15/2007, de 30 de noviembre, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGANICA 10/1995, de 23 de noviembre, DEL CODIGO PENAL 
(...) 
DISPOSICIÓN ADICIONAL. Revisión de la señalización vial y de la normativa reguladora de los límites de velocidad. 
El Gobierno impulsará, de acuerdo con las administraciones competentes, una revisión de la señalización vial y de la normativa reguladora de los límites de velocidad, para adecuar los mismos a las exigencias derivadas de una mayor seguridad vial.
Y hasta hoy.

Disposición adicional sexta de la LEY 18/2009

LEY 18/2009, de 23 de noviembre, POR LA QUE SE MODIFICA EL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 339/1990, de 2 de marzo, EN MATERIA SANCIONADORA 
(...) 
DISPOSICION ADICIONAL SEXTA. Revisión de la normativa sobre señalización vial vertical. 
En el plazo de un año el Gobierno revisará la normativa vigente que regula la señalización vial vertical para adaptar sus dimensiones mínimas a la intensidad actual del tráfico y al incremento en la edad media de los conductores.
Y hasta hoy... (gracias a Dios)