"No hablemos de esos pobres idiotas que siempre cumplen con sus obligaciones, sin hallar jamás la recompensa de su trabajo, y a los que yo llamo la cofradía de los chancletas de Dios. Entre ellos está la virtud en todo su apogeo, pero también está la miseria. Yo me figuro el gesto de esas buenas gentes si Dios les gastara la broma pesada de ausentarse del juicio final." (Balzac)
jueves, 22 de septiembre de 2011
Recodando nuestros años mozos...
Hace más de diez años escribimos en carreteros:
Extractos de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pamplona sobre la denominada trama navarra del Caso Roldán.
La sentencia nos explica el método utilizado para adjudicar las obras a las empresas elegidas que, en justa correspondencia, abonaban, en la mayor parte de los casos, el 5% del contrato:
"pasa el Sr. Aragón a ser designado Consejero de Obras Públicas, y su primera decisión es la de cambiar el sistema de subasta, anterior, por el de concurso, dado que, por el acuerdo entre ambos y con los Srs. Roldán y Esparza, de recibir dinero por adjudicación de obra pública en Navarra al llevar este sistema un mayor grado de discrecionalidad en la concesión, ello supone una más fácil ocultación frente a terceros en la designación, previamente elegida, (...)"
Continua la sentencia indicando sobre los criterios y baremos de adjudicación que:
"dichos criterios y baremos eran suficientemente amplios, para lograr así la mayor "discrecionalidad" posible en la fase final"
Sigue explicándonos el procedimiento utilizado:
"en la correspondiente Orden Foral, firmada por el Consejero, en que se hacia la adjudicación, no se daban explicaciones, ni se contenían razonamientos ( a pesar de usarse la forma de Resolución fundada), en relación a la elección de la Empresa adjudicataria, haciéndose solo referencia al informe previo del Ingeniero: éste, en virtud del mandato a tal efecto recibido, verificaba en informe, inicialmente elaborado, las correcciones precisas, para "encubrir", en forma razonada, la elección impuesta, y las variaciones de baremo correspondientes, dándose así un tratamiento formal correcto de la orden dicha"
Y ya en los Fundamentos de Derecho, continua la sentencia:
"Con el Sr. Aragón se prescindió totalmente del sistema de subasta (el que, en principio, era factible seguir), y se eligió, como general, si no único, el de concurso, que no era o es, en sí, ilícito, pero que añade mayores notas de discrecionalidad en el otorgamiento de las designaciones, lo cual tampoco es, en sí, ilícito, pero siempre que se justifique tal utilización, en cada caso y no se emplee de forma que pueda resisdenciarse en una cierta "arbitrariedad", como seria la "discrecionalidad absoluta", cuando el procedimiento utilizado reviste un mero ropaje "formal, y sirve sólo de "pantalla", para encubrir actos verdaderamente ilícitos, que quedarían también acreditados por la percepción de "comisiones" (...)"
Conviene recordar que es precisamente el que esté acreditado el cobro de comisiones lo que posibilita la condena, porque si se condenará por sacar por concurso contratos que muy bien podrían adjudicarse por subasta, por fijar en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares unos criterios de adjudicación "amplios"....
Y como continuación a este preámbulo escribimos un pequeño apunte...
Etiquetas:
Carreteroteca
El final del verano llegó...
Y nosotros esperamos que haya traído los "tíos sin complejos, abiertos, divertidos y dispuestos a tratarnos como verdaderas reinas...." que algunas esperaban...
Etiquetas:
Ellas
lunes, 19 de septiembre de 2011
@AalexGF: ¿Dónde puedo darme de alta en esa red social donde hay personas en 3D, las puedes tocar, hablar, intimar y la llaman vida?
Etiquetas:
Twitteradas
domingo, 18 de septiembre de 2011
Entender el 15M (por Enrique Dans)
Tan absurdo como creer que las cosas pasan por casualidad es creer que van a terminarse de repente sin tocar las causas que los produjeron. Para quienes en lugar de intentar entender las cosas prefieren descalificar, simplificar o darse a la tan española costumbre de la etiqueta rápida, recomiendo encarecidamente la lectura de este artículo de mi compañera en IE Business School Gayle Allard, economista y doctora por la Universidad de California, publicado en el último número de Ideas Empresariales: “Una indignación que debe ser escuchada“. Hay razones, muchas y muy poderosas, para que pase lo que está pasando: la situación es completamente insostenible. Y va a ir a más.
No te quedes con la campaña de difamación oficial. No hagas juicios de valor superficiales basados en cuestiones meramente anecdóticas. No cometas el error de pensar que te están pidiendo el voto para una opción política y tienes que defenderte de ello, porque no es así. El 15M no es, no será y no podría ser un partido político, no tiene que ver con derechas o izquierdas, no es un movimiento antisistema y no admite simplificaciones ni juicios de valor hechos en una sola frase. El 15M revela la imperiosa necesidad de un cambio en la forma en la que nos organizamos como sociedad: el inexorable paso de una democracia representativa a una semidirecta, derivado de una situación completamente insostenible para los jóvenes, y catalizado por una nueva capacidad de coordinación basada en el uso de herramientas tecnológicas. Es como la crisis de muchas industrias, pero aplicada a la gestión política, a esa empresa de la que todos somos accionistas.
Es una crisis sistémica, y soluciones como “más de lo mismo” o “más mano dura” solo van a empeorar el problema. Refugiarse en tópicos, hacer chistes fáciles y criticar mediante el recurso a lugares comunes solo revela incapacidad para entender una situación insostenible y uno de los cambios más importantes que, de una manera o de otra, vamos a vivir como sociedad.
Etiquetas:
Un rayo de luz (de Sol)
Suscribirse a:
Entradas (Atom)

